Preguntas Frecuentes
Se deberá utilizar la metodología general de Evaluación Social de Proyectos. Para ver los criterios de decisión, se debe identificar si el proyecto genera beneficios económicos cuantificables y valorables; si este es el caso se deberá utilizar el enfoque costo-beneficio. Si el proyecto genera beneficios económicos de difícil cuantificación y valoración y se reconoce que éstos son deseados por la sociedad, se deberá configurar alternativas que entreguen beneficios equivalentes, y se podrá analizar bajo un enfoque de evaluación costo-eficiencia.
Para la presentación de iniciativas a financiamiento público en el marco del Sistema Nacional de Inversiones, se debe considerar los Requisitos Genéricos sobre las Propiedades en que se Proyectan Edificaciones en el siguiente link.
Los precios sociales son valores que reflejan el uso alternativo de los recursos para la sociedad, derivados de la ejecución y operación de un proyecto de inversión y los precios privados son los precios de mercado de los bienes y servicios que se transan en dichos mercados en un momento y lugar específico. El cálculo de precios sociales se realiza para ajustar los precios privados o de mercado cuando existen distorsiones como por ejemplo impuestos, subsidios, precios mínimos o máximos, monopolios y monopsonios.
El documento “Normas Instrucciones y Procedimientos para el proceso de Inversión Pública (NIP)”, establece el procedimiento y requerimientos para el análisis y emisión de resultado para iniciativas en reevaluación. Los antecedentes mínimos necesarios que deberán ser presentados por el formulador para solicitar la reevaluación de una iniciativa nueva son los siguientes:
a) Modificaciones previas a la licitación: cambios que modifiquen las condiciones definidas en la recomendación tales como plazos, localización, recursos humanos, servicios entregados, cumplimiento nuevas normativas.
• Informe (s) que justifiquen debidamente la modificación solicitada; en el caso de nuevas normativas se requiere un informe que muestre las diferencias entre la iniciativa original y la propuesta con cumplimiento de nuevas normas, indicando los costos respectivos.
• Cronograma de actividades actualizado.
• Detalle y justificación de los aumentos de plazo y magnitud, si corresponde.
• Reevaluación económica de acuerdo a metodología vigente, si corresponde.
• Términos de referencia y especificaciones técnicas, si corresponde.
b) Modificaciones a consecuencia del proceso de licitación, oferta por adjudicar supera en un 10% el monto aprobado, sin modificaciones en las partidas de la iniciativa original.
• Informe de los procesos licitatorios efectuados indicando las razones que hacen recomendable adjudicar sin efectuar un nuevo llamado a licitación.
• Informe de la Institución Técnica que contemple un análisis de las diferencias entre el presupuesto recomendado y el propuesto en la reevaluación. El análisis debe contemplar un detalle de las partidas más incidentes y debidamente justificado.
• Reevaluación económica de acuerdo con la metodología con que fue evaluada cuando obtuvo el RATE RS.
c) Modificaciones de contratos, situaciones no previstas que generen la necesidad de ejecutar tareas u obras extraordinarias:
• Informe técnico que demuestre que las modificaciones tienen carácter de imprescindibles para la operabilidad de la iniciativa, con presupuesto que detalle las nuevas partidas.
• Informe de la institución financiera referido a la propuesta de cambios y su validez de acuerdo al contrato vigente.
• Informe de la Institución Técnica que contemple análisis comparativo de las diferencias entre el presupuesto recomendado y lo propuesto en la reevaluación. El análisis debe incluir el detalle de las partidas más relevantes e incidentes y la debida justificación.
• Presupuesto detallado de los aumentos de obras y obras extraordinarias,
• Informe de avance físico - financiero de la etapa.
• Informe referido al historial de la iniciativa, señalando todas las modificaciones contractuales a las que fue sujeta previo a la solicitud de reevaluación, donde se indiquen asignaciones, contratos, estados de pago, disminuciones de partidas, etc.
• Cronograma de actividades actualizado.
• Detalle y justificación de los aumentos de plazo y magnitud, si corresponde.
• Reevaluación económica de acuerdo a metodología vigente, si corresponde.
• Términos de referencia y especificaciones técnicas, si corresponde
El objetivo de realizar un análisis de sensibilidad en una evaluación de un proyecto, es disminuir la incertidumbre de la validez de las estimaciones realizadas en la etapa preinversional respecto del momento de ejecución de las obras contempladas en el proyecto. Los instrumentos más frecuentemente utilizados son: (a) el análisis de escenarios (tendencial, optimista y pesimista) que muestra el impacto de las variaciones de las principales variables de dichos escenarios, sobre los indicadores de rentabilidad económica social de un proyecto o de su conveniencia social; (b) las variaciones de costos de las principales partidas del proyecto, como por ejemplo, fierro y cemento o asfalto; y también la estimación del aumento del costo que deja al indicador en su punto de indiferencia, como por ejemplo, el monto que deja al VAN social igual a cero, o en indicadores de costo eficiencia el valor del indicador no supere determinado monto.
La plataforma informática oficial para el ingreso de los antecedentes de postulación de iniciativas de inversión se realiza en el Banco Integrado de Proyecto (BIP) en el siguiente enlace , para lo cual se debe contar con clave de acceso entregada por el Ministerio de Desarrollo Social en su nivel central o Regional (Secretaría Regional de Desarrollo Social y Familia).
Una iniciativa de inversión se considera nueva cuando no tiene un contrato vigente para la etapa a la cual solicita financiamiento y/o no posee gasto por concepto de expropiaciones. En el SNI, se presenta esta situación cuando: Posee identificación presupuestaria y sólo alcanza a efectuar la totalidad o parte del gasto administrativo. No existe adjudicación de contrato totalmente tramitada a la fecha de cierre del año calendario. Las instituciones financieras transfieren recursos programados para el año a las instituciones ejecutoras y éstas no alcanzan a adjudicar el contrato antes del fin del año calendario. Una iniciativa de inversión se considera de arrastre cuando cumple con los siguientes requisitos: Posee un contrato vigente para cualquier ítem y/o gasto por concepto de expropiación de terrenos, excluidos los gastos administrativos. Cuenta con saldo por invertir ajustado según la última programación registrada en el BIP y considera el saldo por pagar según contrato.
Si la institución pública a la que pertenece es de ámbito regional debe solicitarla a la Seremi de Desarrollo Social correspondiente. Si pertenece a un organismo del nivel nacional, debe solicitarla a la Unidad BIP vía correo electrónico u oficio de la autoridad correspondiente. Se deben enviar los siguientes datos: nombre, RUT, teléfono, cargo y correo electrónico.
Es un código correlativo y único que se crea en el Banco Integrado de Proyectos (BIP) para identificar las Iniciativas de Inversión, y se mantiene para las distintas etapas de éste.
Es la abreviación de “Iniciativas de Inversión” que comprende las tipologías definidas en el clasificador presupuestario del Ministerio de Hacienda, para el subtítulo 31, Iniciativas de Inversión, cuyos ítems para el Gobierno Central son: Estudios Básicos, Proyectos, Programas de Inversión.